¿Cómo hacer un contrato individual de trabajo? Si eres un empresario, emprendedor, un comerciante, o incluso un profesionista autoempleado con trabajadores a su cargo, seguramente esta pregunta te habrá pasado por la cabeza.

 

Y aunque actualmente es sencillo descargar de internet un formato de contrato laboral, no es la mejor alternativa. Estas páginas pretenden unificar muchas circunstancias distintas en simples machotes, y aunque prometen ser modelos personalizados a través de algunas pocas preguntas, la realidad es que no se adaptan fielmente al contexto de la compañía.

 

Es como pretender obtener un diagnóstico médico, en línea, contestando unas simples preguntas. ¿Usted arriesgaría la salud de su hijo, hija? HAY COSAS QUE NUNCA VAN A CAMBIAR.

 

Pero si finalmente, y por cuestiones como tiempo o dinero se ha decidido a No consultar personalmente a un abogado laboralista, o a un abogado de empresa, y piensa descargar un formato, o comprar uno en papelería, aquí presentamos 5 tips sobre cómo llenar un contrato de trabajo.

 

  1. Determine con precisión el tipo de relación laboral que van a formar, dicho de otra manera ¿Qué tipo de contrato firmarían? Simplificando las cosas, en México tenemos 3 tipos básicos de contrato, a saber: el más común es el de tiempo indeterminado, y además es la regla general.

 

Luego vienen los contratos por tiempo determinado, y por obra determinada.

 

Brevemente podemos explicarlos:

 

a. Contrato por tiempo indeterminado: es la estipulación más conocida. Simplemente se firma a un trabajador, o empleado para realizar cierto servicio, o conjunto de servicios, sin plazo fijo; la relación se plantea como de largo plazo, una vez que el empresario está convencido de las cualidades del sujeto a contratar.

 

b. Contrato por tiempo determinado: en esta modalidad se contrata al personal por un plazo perfectamente determinado.

 

Despacho Arisque abogados de empresa estamos en Aguascalientes, por lo cual nuestro ejemplo es la Feria Nacional de San Marcos. La industria hotelera y restaurantera, así como todos los negocios relacionados traen personal adicional para atender el incremento de visitantes.

 

La Ley Federal del Trabajo también maneja el concepto de “contrato por temporada”, sin embargo, no le da mayor explicación, por lo cual consideramos válido referirnos a él también como contrato de tiempo determinado, siempre y cuando no sea únicamente para sustituir temporalmente a un trabajador.

 

En el ejemplo de Aguascalientes sería perfectamente válido señalar el contrato como del 18 de abril al 10 de mayo (tiempo determinado), o bien durante la duración de la Feria Nacional de San Marcos 2023 (temporada) teniendo el mismo efecto legal.

 

c. Contrato por obra determinada: puede formarse exclusivamente cuando la naturaleza del servicio a prestar así lo requiera.

 

Usando como ejemplo el caso de un cliente: ellos son empresarios en la fabricación de piezas para automóviles, tienen su plantilla normal. Sin embargo, cuando reciben pedidos mayores que superan su capacidad, pueden buscar más personas, para solventar el exceso de trabajo.

 

Y su contrato sería POR EJEMPLO para fabricar 20 piezas de X cosa, en un tiempo máximo de 30 días (ojo, no estoy señalando un plazo de tiempo como medida del contrato, sino que el objetivo sigue siendo la fabricación de piezas, la obra) porque es el excedente de trabajo, con el cual la plantilla normal no puede lidiar. Llegan, hacen el trabajo, y listo.

 

Existen más formas de contratación, pero para ser claros con el lector, simplificamos en los 3 anteriores. Entonces el primer consejo sobre cómo llenar un formato individual de trabajo es este: DETERMINAR QUÉ TIPO DE CONTRATO LABORAL QUIERO.

Determine qué tipo de contrato quiere

Determine con la mayor precisión posible el tipo de relación laboral que quiere formar

  1. En relación al contrato por tiempo determinado (creemos que es el 2do tipo más frecuente de contrato), es forzoso establecer con la mayor claridad posible la razón por la cual se firma en ese sentido. Recordemos que la regla general es el tiempo indeterminado, por tanto, para acordar válidamente un contrato de plazo fijo debe decirse la causa, ÓSEA EXPRESAR EN EL MISMO CONTRATO PORQUÉ SE DA ESE PLAZO, no sólo escribir el tiempo, cuál es la razón que justifique romper la regla general.

 

  1. Acordar un periodo de prueba no sólo es legal, sino ampliamente recomendable.

 

Puede darse en contratos de tiempo indeterminado, o cuando excedan de 180 días. El periodo de prueba es de un máximo de 30 días; ese día 30, antes de finalizar la jornada debería quedar confirmado en el puesto, o bien separado.

 

Ojo con esto patrones: se requiere la opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación, y Adiestramiento (se forma si en la empresa hay más de 50 trabajadores), para decidir si el trabajador acreditó las capacidades necesarias.

 

CONVENGA UN PERIODO DE PRUEBA, HASTA POR 30 DIAS, PARA ACREDITAR LAS CAPACIDADES DEL PERSONAL A CONTRATAR.

 

Es importante recalcar que existe un tipo de contrato llamado de capacitación inicial, distinto al periodo de prueba. De él no hablamos aquí.

 

  1. Super importante nombrar correctamente el puesto, y describir con claridad los servicios que el empleado, o empleada viene a prestar. Con frecuencia los empleadores desdeñan este punto, y no refieren bien los servicios para los cuales se está dando el contrato.

 

Además de que la descripción del servicio es un requisito de la Ley Federal del Trabajo, es en mutuo beneficio pues esclarece las responsabilidades del elemento contratado, y va robusteciendo las herramientas jurídicas del empleador.

 

Para llenar adecuadamente este rubro debería contestarse a las preguntas ¿Qué viene a hacer?, ¿Para qué lo necesito?

 

Igualmente, recomendable es crear un Manual de Puesto de Trabajo, en el cual podemos profundizar sobre las funciones del elemento contratado, sobre las metas que se esperan de él, cómo se mide su productividad, donde se ubica en el organigrama, entre otras cosas.

 

Este documento no lo manejan la amplia mayoría de abogados. En Arisque como asesores laborales hemos estudiado el tema, y estamos en la posibilidad de apoyarle a crear este instrumento. Se convierte en una herramienta legal que le ayuda a clarificar responsabilidades y objetivos del personal.

 

  1. Varios consejos rápidos:

a. La LFT pide que en el contrato se hable del derecho y obligación a la capacitación y adiestramiento; en el caso de las PyME los contratos lo hacen muy apenas, y luego en la realidad casi ninguna PyME verdaderamente da la capacitación. ¿Por qué no? Si finalmente es beneficio del negocio, tener personal más competente.

 

¡No es un gasto, sino una inversión! De al menos 1 capacitación al año, y especialice a su gente.

 

b. Se recomienda en el contrato establecer el número de afiliación al IMSS, los datos de identificación (clave de elector), la CURP, y el correo electrónico. La ley no los pide, pero son útiles en la elaboración de la nómina.

 

c. Mucho cuidado con los datos personales del trabajador. ¿Realmente es necesario que pidamos información que la LFT no exige? ¿Para qué la queremos?

 

Por ejemplo, muchas veces se pide saber si el elemento es casad@, hay esta creencia de que una persona casada rinde más, o tiene más necesidad. Puede ser, eso no lo sabemos certeramente, pero se convierte en un dato la mayoría de las veces inútil en términos legales; no sabemos y no logramos justificar la necesidad de conocer su estado civil, o su vida sexual (preguntar si es casad@ de cierta manera implica meterse en la intimidad de la gente), y puede convertirse en una demanda millonaria por parte de un Ex trabajador molesto.

 

d. ¿El elemento va a estar fijo en un lugar, o requiere desplazarse? Cuidado con esto, la amplia mayoría de empleadores menosprecian este señalamiento, y pretenden mover libremente al trabajador “por necesidades de la empresa”

 

Sí estamos de acuerdo que a veces es necesario, pero hay que indicarlo así en el contrato y explicarlo. Se arriesga a una demanda por variar las condiciones de trabajo.

 

Como ejemplo, si el elemento fabrica una pieza en el taller de la empresa, y luego debe ir a entregarla, y/o instalarla, hay que anotarlo así en el contrato. No simplemente moverlo.

 

Va de la mano a DESCRIBIR DETALLADAMENTE LAS FUNCIONES DEL PUESTO.  Aquí es donde las cosas empiezan a  entrelazarse

 

e. ¿Tiene Reglamento Interior de Trabajo? No sólo es un gran aliado del contrato, sino que jurídicamente es indispensable.

El reglamento es una herramienta para patrón y empleados

Esto sí es virtualmente imposible descargar de internet, ya que se trata de un instrumento hecho por completo a la medida de la empresa. Debe elaborarse en reflejo a las políticas laborales de la compañía, y además respetar los derechos humanos.

 

Arisque abogados corporativos en Aguascalientes, y región Bajío podemos apoyarlo a crear este valioso documento.

 

Contar con los documentos completos y en regla es apenas el inicio de lo que se denomina un Compliance laboral. Un programa de Compliance, también llamado Previsión Empresarial, abona a la productividad, genera mejores circuitos de trabajo, ahorra mucho tiempo y dinero en multas y sanciones. Puede leer más al respecto en la página principal despachoarisque.mx

 

Hasta aquí esta experiencia, para una asesoría empresarial le invitamos a contactarnos ya mismo vía llamada, o WhatsApp al 449-142-1905, o si lo prefiere por e-mail a despachoarisque@gmail.com

 

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